En diálogo con #LNU – Marcelo Ballerio, Director de Planificación y Estrategia de Sanidad Animal profesional integrante de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) detalló lo dispuesto mediante resolución para el movimiento de los animales en el marco de la campaña antiaftosa 2020 en curso.-
“Hasta el 24 de abril inclusive, se puede finalizar el movimiento de un establecimiento ganadero que aún no realizó la campaña antiaftosa en forma parcial o total a otro establecimiento que tampoco cumplimiento con la vacunación de este período” explicó el médico veterinario, “cuando dicho establecimiento cumpla con la vacunación, se vacunará la totalidad de los animales presentes en el predio, así también de un establecimiento ganadero que no cumplió con la vacunación va a poder mover a otro establecimiento que sí completo la vacunación pero para poder hacerlo va a tener que realizar una consulta previa con el veterinario local de SENASA”.
A partir de las medidas de emergencia adoptadas por el Gobierno para contener la propagación de la pandemia de coronavirus, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) resolvió hacer una excepción en el cumplimiento de la campaña de vacunación antiaftosa de esta campaña.
La medida, que fue publicada en el Boletín Oficial mediante la resolución 288/2020, aclara que “se exceptúa de esta obligación a los bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación correspondiente a la primera campaña de vacunación contra la fiebre aftosa del año 2020”.
Al inicio del mes de marzo comenzó en gran parte del país, el programa de vacunación antiaftosa primer período 2020, “como es de público conocimiento a partir del dictamen del aislamiento social obligatorio por parte del Ejecutivo Nacional” explicó a #LNU el Dr. Ballerio, “a los efectos de garantizar la continuidad de los circuitos productivos en la cadena de alimentos, le recordamos a los productores ganaderos que a la fecha no han cumplimentado con este primer período de vacunación que pueden remitir animales en forma directa a la faena o con motivo de faena a través de remate feria o mercados terminales”.
“Recomendamos no obstante, que se acerque a su terminal local a los efectos de fijar una fecha para vacunar el resto de los animales del establecimiento” agregó.