Desde este viernes a las 8 de la mañana rige la veda electoral de 48 horas por las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias PASO.
La veda es una regulación que tiene como objetivo que el votante tenga tiempo de “reflexionar” acerca de su decisión y no se vea afectado por la propaganda política, al menos en ese período final. En este sentido están prohibidos los actos de difusión, la publicidad, la difusión de encuestas y carteles.
Esta limitación de publicaciones con fines electorales alcanza a medios gráficos, vía pública, internet, telefonía móvil y fija, y publicidad estática en espectáculos públicos. Como se ve, dentro del enunciado de la ley, está mencionado “internet”, pero no se especifica puntualmente a las redes sociales.
En este punto, desde la Cámara Nacional Electoral (CNE) dijeron que las redes también están alcanzadas por esta limitación.
“En lo que sea comunicación interpersonal como un WhatsApp entre dos particulares, allí no podemos inmiscuirnos, salvo que haya publicidad formal y contratada que sí está prohibida. Pero en una red abierta, como Facebook o Twitter, cuando la cuenta no está cerrada, las prohibiciones rigen tal como en los demás medios de comunicación”.
En este sentido, remarcó que están prohibidas la publicidad y las publicaciones proselitistas que buscan la captación de sufragio de los votantes. De todos modos, aclaró que, en lo que se refiere al contenido, a veces puede ser difícil determinar si un contenido constituye un acto proselitista o no.
Fuente: Infobae